Declaración simplificada de envíos internacionales

Cómo hacer la declaración simplificada en envíos internacionales.

La página del Correo Argentino permite hacer un seguimiento del producto o servicio adquirido hasta su arribo al país.

Años atrás, la declaración simplificada de envíos internacionales era un trámite que se realizaba mediante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), con el número de CUIT y la clave fiscal correspondiente. Sin embargo, a partir de 2019, la operación pasó a ser competencia del Correa Argentino, que canaliza en su página web toda la documentación sobre las compras online en el exterior del país.

Para hacer la declaración y, seguidamente, recibir el producto o servicio adquirido, es necesario generar el «aviso de compra» y la «declaración de contenido». Estos documentos pueden encontrarse en el Portal de Envíos Internacionales del Correo Argentino.

Envíos internacionales: cómo hago la declaración simplificada

Para realizar la declaración simplificada, primero vas a tener que seleccionar la opción «Soy nuevo, quiero registrarme», y generar un usuario y una contraseña. En ese sentido, también deberás proporcionar un mail para recibir las notificaciones sobre tus gestiones y operaciones.

Una vez habiendo accedido al sitio oficial del Correo Argentino, vas a necesitar el código de seguimiento expedido por el vendedor. De este modo, podrás ser informado (vía mail) sobre el paso a paso del viaje de tu pedido.

Luego, ingresando los datos personales del receptor del envío, y apretando «Aceptar», podrás visualizar una ventana emergente confirmando el aviso de compra.

Cuáles son las tasas y franquicias en los envíos internacionales
Tras finalizar la declaración simplificada y recibir la confirmación de parte de Correo Argentino acerca del arribo del producto a la Argentina, tienes que completar la declaración de contenido, donde detallarás el producto o servicio adquirido y podrás pagar tanto la tasa del Correo Argentino como los derechos de importación (en caso de que corresponda).

Actualmente, están permitidas hasta 12 compras al año libres de impuestos; excepto que el precio del bien o servicio supere los 50 dólares. En este último caso, deberás abonar el 50% del excedente de la franquicia. Tras las primeras 12 compras, tendrás que pagar el 50% del valor total de la compra, además del valor del producto y el costo del envío.

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