Desde el ente recaudador habilitaron la opción para que el público pueda reclamar la devolución de los impuestos por ese y otros tipos de transacciones en la moneda estadounidense.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó este domingo la opción de reintegro por el cobro del 35% extra como anticipo de impuesto a las ganancias.
Se podrá solicitar por la compra de dólar ahorro, compras con tarjetas de crédito, adquisición de servicios en el exterior y la compras de pasajes al extranjero, entre otras.
Este trámite lo podrán realizar aquellas personas que no estén afectadas por el impuesto a las ganancias y también aquellas personas que paguen ganancias pero no Bienes Personales.
Las devoluciones no son anuales, por lo que habrá que presentar una solicitud por cada mes donde se practicaron las percepciones. También, se podrá solicitar el reintegro no solo del 2022, sino que también de los años anteriores.
El trámite se realiza de manera virtual a través de la página de la AFIP y se deberá contar con clave fiscal de nivel dos o superior. Además, se tendrá que informar al ente un CBU donde se acreditarán las devoluciones.
La resolución de la AFIP no estipula en que tiempos se deberá realizar el reintegro, por lo que se debería realizar dentro de los 60 días hábiles, ya qué se debería regir por la Ley de Procedimientos Administrativos que estipula este plazo, aunque en los años 2020 y 2021 el tiempo promedio de demora fue entre 4 y 5 veces mayor.