Fue publicado en el Boletín Oficial el decreto provincial que autoriza las reuniones familiares a partir de mañana sábado 23 de mayo.
Los detalles:
Hasta un máximo de 10 personas con parentesco por consanguinidad, afinidad o adopción, hasta el segundo grado en línea ascendente, descendente o colateral.
Sábados, domingos y feriados, en horario de 9 a 23 hs.
No podrán participar personas que presenten síntomas gripales, compatibles con COVID-19, o que hayan estado en contacto con infectados.
La multa será de $50.000 para el anfitrión o propietario del inmueble donde se constate la infracción.
No es necesario sacar un permiso, ya que se apela a la responsabilidad ciudadana.