Ley N° 27.399 facultó al Poder Ejecutivo Nacional a fijar anualmente hasta tres días feriados o no laborables destinados a promover la actividad turística, que deberán coincidir con los días lunes o viernes.
Los días 24 de mayo, 8 de octubre y 22 de noviembre de 2021 serán «feriados con fines turísticos». Así lo establece el Decreto 947/2020 firmado por el presidente Alberto Fernández.
Se basa en la determinación de que los feriados nacionales trasladables cuyas fechas coincidan con los días martes y miércoles serán trasladados al día lunes anterior y los que coincidan con los días jueves y viernes, al día lunes siguiente.
Ley N° 27.399 facultó al Poder Ejecutivo Nacional a fijar anualmente hasta tres días feriados o no laborables destinados a promover la actividad turística, que deberán coincidir con los días lunes o viernes.