
La iniciativa del legislador radical Gustavo Villegas fue abordado en la última sesión de la Cámara Baja. La norma le obliga a la Dirección Provincial de Vialidad “a proceder a la demarcación de pistas de aterrizaje y despegue, las que deberán contar con una longitud de 1.000 metros, debiendo utilizarse para la demarcación pintura refractaria, a fin de facilitar la asistencia en horas nocturnas”.
La medida apunta principalmente «a contar con un mecanismo para asistir a las personas en caso de accidentes o especialmente a aquellos que se encuentran en zonas alejadas de las urbes y por lo tanto se les dificulta el acceso a los centros sanitarios de media o alta complejidad”,
Fundamentos
Que atento la función primordial del estado develar por la salud y la protección de los ciudadanos que se encuentren en situación de riesgo, en especial de aquellos que por su ubicación geográfica se encuentran alejados de los centro asistenciales como hospitales y sanatorios demedia y alta complejidad, es necesario establecer mecanismos de auxilio para lograr una cobertura integral de salud y asistencia.
Que las distancias que separan a la ciudad de General Alvear de los parajes de Canalejas y Cochico,hacen imposible prestar servicios de asistencia y auxilio inmediato con los medios actuales con que se cuenta, por lo que es necesario contar con pistas sanitarias de despegue y aterrizaje de aviones sanitarios debidamente equipados, para asistir no solo a los pobladores de dichas localidades, sino atodas aquellas personas que habiendo ingresado a la provincia o las que estén próximas a hacerlo hubieren sufrido accidentes de tránsito o de otro tipo y que por su gravedad requieran auxilio inmediato.
EL H. SENADO Y LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA,SANCIONAN CON FUERZA DE:
LEY:
Artículo 1: Instrúyase a la Dirección Provincial de Vialidad para que proceda a la demarcación de las pistas de aterrizaje y despegue lasque deberán contar con una longitud de mil metros, debiendo utilizarse para la demarcación pintura refractaria a fin de facilitar la asistencia en horas nocturnas. La ubicación de dichas pistas se efectuara sobre la carpeta asfáltica contigua a los puestos de control fitosanitario.-
Artículo 2 El control y la paralización del tránsito mientras se efectúa el rescate y auxilio de personas será efectuado por el personal de policía que ejerce funciones de manera permanente en dichos controles fitosanitarios.
Artículo 3: El financiamiento del presente proyecto de ley se hará con el pago de una tasa adicional que abonaran los conductores que ingresen a la provincia de Mendoza por los parajes de Canalejas y Cochico, debiendo dicha tasa tener asignación específica.-
La misma se destinara para el pago de los gastos de mantenimiento y reparación de las pistas, gastos decombustible de los aviones, honorarios de médicos y enfermeros, equipamiento de aviones etc.
Artículo 4: El personal de vuelo, estar integrado piloto de avión que deberá contar con la habilitación necesaria expedida por la autoridad competente, enfermeros registrados en cuidados intensivos y emergencias, y médicos con certificación de soporte de vida avanzado, en relación a la atención de paradas cardiorrespiratorias.
Artículo 5: El personal de vuelo (Piloto, Medico y Enfermero)deberá permanecer en guardia pasiva a fin de estar disponible ante cada requerimiento de auxilio, para tal fin autorícese al Director del Hospital Enfermeros Argentinos de General Alvearpara que conforme la grilla de personal afectado a dichas tareas, como así también respecto del personal del Aero Club de General Alvear.-
Artículo 6: El equipamiento de los aviones deberán contar con los elementos que se detallan en el anexo I del presente
Artículo 7: De forma.-